Declaración Universal de los derechos humanos.
Declaració Universal dels drets humans.
Universal Declaration of Human Rights.
Declaração Universal dos Direitos Humanos.
Déclaration Universelle des droits de l'homme.
Giza Eskubideen Aldarrikapen Unibertsala

Nota: Todo este material fué recopilado por MaikelNight hace unos años dentro de un informe sobre los Derechos Humanos. Lee tranquilamente la declaración, es interesante, y el mundo sería mejor si realmente se aceptasen mundialmente sus artículos. MaikelNight 28-septiembre-1998. En la última revisión añadió traducción al inglés, francés, portugués, catalán, vasco y gallego de los derechos. Tienen que haber muchísimas erratas y errores ortográficos en todas las traducciones, es por eso que si localizas alguno o quieres traducir algo que no esté traducido lo hagas. La traducción gallego están sin acabar tal vez tú las puedas acabar. El artículo 16 en opinión del autor de esta página debe de ser mejorado considerablemente. Dice libertad de casarse. Deberia decir libertad de vivir juntos, si se quieren casar o no es otra historia. Luego dice que la familia es la base de la sociedad, ¿y si no tienes familia que?

TEN SIEMPRE PRESENTE EL ORIGEN DE LA ONU
Después de traducir , buscar, también copiar algunas declaraciones, creyendo que no podría encontrarlas en la red KM2 me pasó la dirección de la página "oficial" de los derechos humanos. Bueno lo hecho hecho está la dirección es:
http://www.unhchr.ch/


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   Declaración aprobada por la Asamblea General de la ONU el 10 de  diciembre de 1948 y que constituía una exposición de las garantías  fundamentales reconocidas a los individuos por los estados miembros de la  Organización de las Naciones Unidas.

   Consta de 30 artículos y un preámbulo que universalizan y adaptan las declaraciones parciales promulgadas anteriormente, precisando, además, las reglas directrices de las relaciones sociales e internacionales. Inspirada en la Declaración de 1789, completaba las lagunas de la misma, con la conquista de nuevos derechos individuales, como la libertad de domicilio (art. 12) y de circulación (art. 20) y, especialmente, de los derechos sociales y familiares. Reconoce los derechos inherentes a la persona humana, inalienables y universales, haciendo referencia a la libertad de  pensamiento, de conciencia, de religión, de opinión, de expresión, de  información, de reunión, de asociación, etc., asícomo a la seguridad social (salario adecuado, protección ante el paro forzoso,  instrucción, etc.). Es preciso matizar que esta declaración tiene valor de imperativo moral, no efectivo.

   En 1966 se aprobaron los pactos internacionales de los derechos  internacionales, de los derechos económicos, sociales y culturales, y de  los derechos civiles y políticos, mientras que en 1968 fue aprobada una  declaración de 19 puntos que actualizaba los principios del texto de 1948,  haciendo referencia a la discriminación racial, la descolonización, los  derechos de la mujer y del niño, etc.

   La Asamblea General proclama la presente «Declaración universal de los derechos humanos» como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que, tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los estados miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.



 


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Selección del Baúl
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Copyright © 28/septiembre/1998 MaikelNight